Bando sobre las terrazas de los establecimientos hosteleros
Dª. Paloma Ramírez Calle, alcaldesa acctal (Decreto de la Alcaldía Núm. 2026-1047, de 3 de julio) del Ayuntamiento del Real Sitio de San Ildefonso (Segovia).
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Se pone en conocimiento de todos los titulares de establecimientos con terrazas y veladores en la vía pública la obligación de cumplir lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora de Terrazas, cuyo texto puede consultarse en la página web del Ayuntamiento del Real Sitio de San Ildefonso (https://www.lagranja-valsain.com/ver-documentos/reglamentos-y-ordenanzas/1/).
Especialmente, se recuerda lo siguiente:
Que no podrá ocuparse mayor espacio que el señalado para cada terraza por los servicios municipales, y que en ningún caso podrán entorpecerse los accesos a inmuebles y establecimientos, los pasos de peatones y, en general, cuanto pueda afectar al tránsito y tráfico ciudadano y de vehículos.
Que, fuera del horario autorizado para el ejercicio de la actividad en la terraza, el titular de la licencia o autorización estará obligado a retirar del exterior los elementos de aquella (mesas, sillas, sombrillas, toldos u otros elementos), que deberán recogerse diariamente en el interior del local al que pertenezca la terraza o en otro lugar habilitado para tal fin por el interesado. Durante el periodo estival, comprendido entre el 1 de mayo y el 1 de octubre, se permitirá que dichos elementos permanezcan recogidos en la vía pública o espacio ocupado, previa autorización expresa que deberá ser solicitada por el interesado, incluyendo la propuesta en el plano de solicitud de instalación de la terraza para su posterior valoración. Todos los elementos deberán quedar convenientemente acopiados y asegurados entre sí mediante cadenas y candados, quedando terminantemente prohibida su fijación a cualquier tipo de mobiliario urbano o al arbolado de la vía pública, y deberán mantenerse en condiciones de seguridad para los bienes y las personas.
Que es especialmente necesario que, durante el horario de funcionamiento de las terrazas establecido en la ordenanza, los titulares de la autorización actúen con la mayor diligencia y celo para evitar ruidos y molestias a los vecinos.
En caso de incumplimiento de lo dispuesto en la ordenanza, se adoptarán las medidas y sanciones previstas en la misma.