Ayuntamiento Real Sitio de San Ildefonso
Calle Primera 11, Pradera de Navalhorno (Valsaín)
Horario: Los días hábiles para el depósito de cadáveres en el muladar queda restringido a lunes, martes, miércoles y jueves.
La alta biodiversidad de los Montes de Valsaín, en el Real Sitio de San Ildefonso, es debida al buen estado de conservación de muchos de sus ecosistemas, que hacen posible la supervivencia de numerosas especies. El municipio del Real Sitio de San Ildefonso cuenta con una de las poblaciones de aves carroñeras mejor conservadas de nuestro país. De entre ellas destacan:
La alimentación de estas aves carroñeras depende en gran medida de las actividades ganaderas en régimen extensivo, debido a la muerte natural de las reses.
El Reglamento 1774/2002/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de octubre de 2002, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados al consumo humano, dispone la retirada de los cadáveres de ganado muerto del campo y su destrucción en plantas de transformación autorizadas, provocando con ello la eliminación de la principal fuente de alimentación de estas aves necrófagas. No obstante, esta normativa excepciona expresamente la alimentación de aves carroñeras en comederos construidos y autorizados según lo articulado en la normativa de aplicación, con determinados materiales y cumpliendo la normativa vigente en materia de sanidad animal.
El Real Sitiode San Ildefonso dispone de uno de estos puntos de alimentación de aves carroñeras en el paraje conocido como Fuente de los Pastores.
La Guardería del C.M.A.V acompañará al vehículo autorizado y abrirá las instalaciones para su depósito, indicando las prescripciones que se estimen oportunas, entre ellas eliminación de las herraduras; información exacta de las causas y forma de muerte del animal).
– Queda prohibido el depósito de animales en el comedero o en sus alrededores sin previa autorización.
– Los animales domésticos susceptibles de ser depositados en el muladar son caballos y cerdos.
– No está permitido el depósito de animales rumiantes (bovino, ovino, caprino).
– El cupo máximo de carne presente en todo momento en el Comedero será fijado por el Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería.
– En caso de que exista imposibilidad de depositar un cadáver debido a la superación del cupo máximo citado anteriormente el responsable de los animales deberá gestionar su tratamiento con un gestor autorizado.
– Los días hábiles para el depósito de cadáveres en el muladar queda restringido a lunes, martes, miércoles y jueves.