Animales de compañía

Carta a los Vecinos:

Como bien sabes, el respeto hacia nuestros vecinos y hacia el mobiliario urbano, del que todos hacemos uso, hace necesaria una concienciación por parte de todos y cada uno de nosotros.

En este sentido reitero a los propietarios de animales de compañía, en especial aquellos que tienen a su cargo perros, cumplan con las obligaciones que marca la legislación (Ley 5/1997, de 24 de abril, de protección de los animales de compañía), en la cual se establecen una serie de obligaciones a cumplir por los propietarios o poseedores, entre las cuales destacamos:

– Los propietarios o poseedores de perros deberán censarlos en el Ayuntamiento del municipio donde residan habitualmente, en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de nacimiento o de adquisición. El animal deberá llevar necesariamente su identificación censal, de forma permanente.

– La identificación censal se realizará obligatoriamente por uno de los siguientes sistemas: tatuaje en la piel por un sistema que garantice su carácter indeleble, identificación electrónica mediante la implantación de un microchip homologado, los demás sistemas que se establezcan por reglamento.

La identificación se completará mediante una placa identificativa, en la que constarán el nombre del animal y los datos de la persona que sea propietaria del mismo.

Se considera INFRACCIÓN la no recogida inmediata de los excrementos evacuados por un animal de compañía en la vía pública.

Convencida de la responsabilidad en la convivencia y respeto de todos mis vecinos/as,

Recibe un cordial saludo

San Ildefonso a 9 de Diciembre de 2008.

El 1er Teniente de Alcalde,
Concejal de Urbanismo, Medio Ambiente y Sostenibilidad

Fdo. Carmen Melero Sastre

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