Salarios del alcalde y los concejales

En la sesión ordinaria de pleno del día 15 de Julio del 2019, se aprobó el sistema de retribuciones, indemnizaciones y otras compensaciones a percibir por los miembros de la corporación.

Alcalde

  1. Reconocer la dedicación exclusiva al Sr. Alcalde con efectos desde la toma de posesión y fijar su retribución a partir del día 1 de agosto de 2019 en 38.999,94€ brutos, anuales, pagaderos en 14 pagas de 2.785,71€.
  2. Reconocer dedicación parcial a Dña. Paloma Ramírez Calle, desde la toma de posesión y fijar su retribución a partir del día 1 de agosto de 2019 en 12.600,00 € brutos, anuales, pagaderos en 14 pagas de 900,00 €.
  3. Tales retribuciones se incrementarán anualmente de conformidad con lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para los empleados públicos.
  4. El Ayuntamiento asumirá el pago de la cuota empresarial que corresponda, en cada caso.

 

Indemnizaciones por asistencia a sesiones

Por su asistencia a las sesiones de los órganos que se indican percibirán los miembros de la Corporación, con efectos desde la toma de posesión, las cantidades que en cada caso se señalan:

  1. Cada sesión del pleno, a razón de 100€
  2. Cada sesión de Junta de Gobierno Local, a razón de 90€
  3. Por asistencia a Comisiones Informativas, a razón de 100€

Las asistencias se acreditarán mediante Certificación de Secretaría.

Todas las percepciones reseñadas se harán efectivas con cargo a la correspondiente partida del Presupuesto General del Ayuntamiento, sin que los miembros de la Corporación puedan percibir otras retribuciones, indemnizaciones, etc, con cargo a fondos municipales.

El pago de las cantidades que correspondan en cada caso se sujetará a lo previsto en las Bases de Ejecución del Presupuesto, que siguen en vigor sin otra modificación que las cuantías establecidas en el presente acuerdo.

 

Dietas y gastos de viaje

Los miembros de la Corporación tendrán derecho a ser resarcidos por los gastos que se les originen como consecuencia de las gestiones y actuaciones de interés para el Municipio que realicen fera del término municipal, en los siguiente términos:

  1. Podrán recibir DIETAS en idéntica cuantía a la de los Funcionarios de la Administración General del Estado del Grupo «A».
  2. Los Gastos de viaje se abonaran, con previa justificación, los que se realizen:
    1. con vehículo propio, a razón de 0,19€/Km. con las modificaciones aplicables al personal de la Administración Pública
    2. mediante utilización de otros medios de transportes, los que se ocasionen en clase turísta.

En todo caso, tales gastos deberán de tener su origen y finalidad en gestiones o actuaciones de interés para el Municipio; autorizadas por la Alcaldía